Finjus sostiene debe ser reformada Ley 340-06

| 16 noviembre, 2023

CRISTALDIGITAL.COM.DO, SANTO DOMINGO, RD.- Las compras y contrataciones que realiza el Estado para la tramitación de bienes, servicios y obras para el desarrollo estatal deben respaldarse de mejoras transparentes para que las entidades involucradas en estos procesos cumplan con sus funciones y se fortalezca una adecuación cónsona al ordenamiento legal y las demandas que exige el engranaje jurídico actual.

Las normas jurídicas establecen en la sociedad los modos de relacionamiento en torno a temas que atañen a la realidad colectiva e inclusive a la autonomía individual. Por esta razón, es relevante que los principios jurídicos rectores del sistema sustenten un nuevo paradigma que pretenda institucionalizar en el ordenamiento jurídico dominicano una mejora en la regulación de los procesos de compras y contrataciones en el Estado.

«Desde Finjus hemos sido constantes en la reiteración de que exista un ambiente sano de contratación tanto para las empresas nacionales y extranjeras, como para las entidades públicas, las MiPymes (Micro, Pequeñas y Medianas Empresas) y toda la ciudadanía. Animados de contribuir positivamente en el desarrollo legislativo nacional, exhortamos a que los poderes públicos actúen sobre la base del respeto irrestricto a las normas, evitando que las contrataciones recaigan en el ejercicio opuesto a su naturaleza en el ordenamiento regulatorio».

«La Ley Núm. 340-06 se ha tornado obsoleta en varios aspectos (lo que la ha convertido en la principal fuente de escándalos nacionales), disponiendo a su paso la imperante necesidad de que se brinde un escenario que simplifique los trámites y procesos, pero que cuente con herramientas significativas para el control y transparencia de los actos administrativos».

El conocimiento del Anteproyecto de Ley General de Contrataciones depositado por la Dirección General de Contrataciones Públicas ante el Senado de la República, mismo que fue objeto de consenso por parte de los diversos sectores que conforman el país, vigorizaría mejoras en aspectos como los derechos del proveedor, las especificidades de la administración de los contratos y su ejecución y modificación, así como posibles casuísticas de subcontratación. Estos aspectos aportan una nueva gama de soluciones ante los conflictos de carácter administrativo que se encuentran huérfanos bajo el marco normativo vigente.

En este contexto, es crucial que la nueva ley instruya programas de cumplimiento regulatorio, conforme lo indican las mejores prácticas anti-corrupción de la época moderna. El régimen de investigación de la Ley No. 340-06 muestra que ya es incapaz, ineficaz e ineficiente para regular la acción del Estado para el uso óptimo de los recursos públicos, lo que, en consecuencia, significa que ya no da abasto para la crisis del sistema de justicia y las irregularidades que de ella se han derivado.

A fin de cuentas, la actual reforma amerita un análisis preciso para impulsar un sistema de compras y contrataciones íntegro que, a su vez, estimule la seguridad jurídica y potencie el clima de inversión en el país. Con su oportuna restauración, queda claro que la transparencia y, en lo inmediato, las mejorías económicas, sociales y políticas que sobrevendrían como consecuencia, dotarían una reorientación del gasto público en miras de institucionalizar arreglos urgentes en materia de la calidad democrática que requiere el país.

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