DGII publica Carta de Deberes del Contribuyente; documento recuerda los diez compromisos básicos ante Administración Tributaria

| 7 julio, 2015

descargaSANTO DOMINGO, DN.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) publicó la “Carta de Deberes de las y los Contribuyentes” con el propósito de facilitar el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias a través del conocimiento de los principales deberes que por ley tienen ante la Administración Tributaria.

Se trata de 10 deberes básicos que se encuentran contemplados en el Capítulo 8 sobre Deberes Formales del Código Tributario de República Dominicana y demás normativas tributarias del país.

El documento, que se encuentra disponible en la sección de Información Tributaria en la columna Publicaciones de la página web dgii.gov.do, informa al contribuyente sobre el deber de tributar en proporción a sus ingresos o bienes; de informar a la DGII sobre el inicio de sus operaciones; de inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes y notificar a la administración tributaria sobre cambios de datos o de actividad económica.

 

La carta también explica sobre el deber del contribuyente de llevar registros de contabilidad, de presentar las declaraciones que les corresponda, informar sobre las retenciones realizadas y presentarse ante la DGII cuando se le requiera así como facilitar la información.

Esta publicación complementa la Carta de Derechos publicada en julio 2013 y forma parte de las acciones del Plan Estratégico 2014-2017 que establece “la información como base de una administración tributaria moderna” y que prioriza el acceso a la información por parte del contribuyente y ciudadano hacia una institución más cercana que procura ofrecer un mejor servicio.

El lanzamiento de la “Carta de Deberes de las y los Contribuyentes” se enmarca dentro de las actividades de celebración del décimo octavo aniversario Impuestos Internos.

A continuación dichos 10 deberes básicos:

  • Usted tiene el deber de tributar en proporción a sus ingresos o bienes.

Las leyes tributarias establecen impuestos que deben ser pagados por las y los contribuyentes de acuerdo a las actividades económicas que realicen o los bienes que posean. El monto a pagar se determina de acuerdo a sus ingresos o bienes.

  • Usted tiene el deber de inscribirse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).

El RNC es el número o código que identi­ca a las y los contribuyentes y es asignado por la DGII. Debe utilizar el RNC en todos los documentos y transacciones que realice relacionados con sus obligaciones tributarias.

  • Usted tiene el deber de informar a la DGII cuando inicie sus actividades comerciales.

Las actividades que generan obligaciones tributarias deben ser de conocimiento de la DGII. También debe solicitar los permisos correspondientes antes de la instalación de nuevos locales.

  • Usted tiene el deber de emitir facturas con números de comprobante ­scal (NCF).

Debe solicitar a la DGII la autorización para emitir facturas con números de comprobante ­scal para sustentar las transferencias de bienes o la prestación de servicios.

  • Usted tiene el deber de comunicar los cambios que modi­quen sus datos o su actividad.

Los cambios relacionados con el domicilio, el nombre comercial, teléfono, actividad económica o cualquier otro, deben ser comunicados dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha en que se realicen. Si decide poner ­n a su negocio por causa justi­cada deberá informarlo a la DGII en un plazo de sesenta (60) días.

  • Usted tiene el deber de llevar los registros y los libros de contabilidad de las actividades y transacciones que realiza.

Las anotaciones en los registros y los libros de contabilidad deberán hacerse a medida que se desarrollen las operaciones y deben ser conservados por un período de diez (10) años; al igual que los recibos, comprobantes de pago o cualquier otro documento relacionado con dichas operaciones.

  • Usted tiene el deber de presentar las declaraciones que le corresponda para determinar el pago de los impuestos.

Las declaraciones de impuestos se presentan con los documentos e informaciones en las formas y plazos establecidos por las leyes y normas tributarias.

  • Usted tiene el deber de presentarse en las o­cinas de la DGII cuando se le requiera.

La Administración Tributaria solicitará su presencia cuando lo considere necesario y es su deber como ciudadano(a) responsable atender esta solicitud.

  • Usted tiene el deber de facilitar al personal de la DGII la revisión y veri­cación de sus actividades económicas.

La Administración Tributaria tiene la facultad para revisar y veri­car las actividades económicas y es su deber como contribuyente facilitar estas labores.

  • Usted tiene el deber de informar a la Administración Tributaria las retenciones efectuadas.

Cuando efectúe las retenciones de impuestos debe informar y pagar a la Administración Tributaria en la forma y plazos establecidos en las leyes y normas tributarias.

Por Miguel Lugo

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Category: ECONOMÍA

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