DGII inicia sustitución de placas rotuladas oficiales y exoneradas vehículos del Estado

| 6 marzo, 2012 | 1 Reply

Santo Domingo, RD.- La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) inició formalmente la expedición de las nuevas placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales, conforme a las disposiciones de la Ley 195-11.

Desde el primero de marzo, el Departamento de Vehículos de Motor de la DGII está realizando las primeras sustituciones con los vehículos de la Policía Nacional y la Autoridad Metropolitana de Transporte (Amet), siendo estos dos organismos los primeros en completar el inventario que deben remitir cada institución del Estado como lo establece la norma 14-11, emitida por Impuestos Internos en octubre del año pasado.

Según expresa el artículo 10 de la Norma General 14-11, la sustitución de las placas oficiales y exoneradas estatales se hará conforme sean recibos los inventarios por parte de cada una de las entidades estatales y autónomas, ayuntamientos, organismos militares y policiales a los cuales corresponden este tipo de placas y que el proceso concluirá el próximo 30 de septiembre 2012. A partir de esta fecha quedarán sin vigencia las actuales placas oficiales.

La DGII recuerda que desde el pasado 23 de diciembre 2011 está recibiendo los inventarios de las placas oficiales y exoneradas estatales con la finalidad de iniciar el proceso de depuración y una vez concluido el plazo establecido por la Ley, las placas actuales perderán vigencia y los vehículos que las porten no estarán aptos para transitar en la vía pública.

Según lo dispuesto por la Norma 14-11, cada institución debe depositar ante la DGII un inventario completo con los datos de sus vehículos, incluyendo el tipo (automóvil, camión, camioneta, “jeepeta”, etcétera.), matrícula del vehículo, placa actual, chasis, año de fabricación, marca, modelo y color. Deberá hacerse constar si el vehículo está activo y en uso, si está inservible o ha sido reportado como robado o desmantelado y cualquier otra circunstancia relativa a su estado, que permita la emisión únicamente de las placas de los vehículos activos y en uso.

Impuestos Internos asegura que es necesario ajustar las leyendas para la rotulación de placas para uso oficial de entidades y funcionarios del Estado a las nuevas denominaciones establecidas constitucionalmente y al nuevo ordenamiento jerárquico establecido por la Ley 41-08.

La Norma General 14-2011 define los diferentes conceptos en la nueva Ley de Placas, establece las denominaciones para las placas rotuladas, oficiales y exoneradas estatales para uso oficial en vehículos de servidores públicos, entidades estatales y autónomas, ayuntamientos y organismos militares; establece el proceso de sustitución de las referidas placa y los requisitos para la entrega de las placas rotuladas para ministros y funcionarios públicos.

Sobre las nuevas chapas

La DGII explica que las placas rotuladas están destinadas al uso de vehículos de funcionarios públicos, civiles, militares y policiales, según establece la Ley 195-11. Serán identificadas con la letra “O” seguida de la numeración que corresponda, mientras que en la parte inferior llevarán inscrito el cargo que ocupa el funcionario al que se le asigne.

Para las placas exoneradas estatales destinadas para el uso oficial de vehículos propiedad del Estado Dominicano o entidades autónomas de éste, se establece la inscripción: “Exonerada Estatal” e iniciarán con la letra “E” seguida de la letra que distingue el tipo de vehículo al que se asigne.

Mientras, las letras EA identificarán a Exonerada Estatal Automóvil; las letras EG a Exonerada Estatal Jeep; las letras EI a Exonerada Estatal Autobús; la letras EL a Exonerada Estatal Carga que incluye camiones, camionetas, volteos, montacargas, remolques y otros vehículos); las letras ED a los Ayuntamiento del Distrito Nacional y las letras EM a los Ayuntamientos municipales

Las placas oficiales militares y policiales, destinadas al uso en vehículos propiedad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, serán rotuladas con el nombre de cada institución e identificadas de la manera siguiente: OE Ejército Nacional; OF Fuerza Aérea; OM Marina de Guerra y OP Policía Nacional.

Redacción Cristaldigital.com.do

 

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Comentarios (1)

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